La sociedad romana se fundamenta en las luchas ancestrales entre
| Patricios y plebeyos |
De los patricios dependían sus
| clientes |
El conjunto de familias que se remonta a un antepasado común se denomina
| gens |
Sólo los patricios poseían en un principio derechos civiles: de
| matrimonio |
y de propiedad, formar parte del ejército, participar en el culto, aspirar a las
| magistraturas |
e intervenir en las
| asambleas |
Los orígenes de la plebs se conforman con clientes liberados de una gens patricia; poblaciones conquistadas y anexionadas al estado romano Y
| Extranjeros inmigrados |
Desde los últimos tiempos de la monarquía, los plebeyos más acomodados habían sido ya admitidos en el ejército. La república patricia concede al ejército poderes legislativos, electorales y judiciales con la creación de
| Asamblea centurial (comitia centuria) |
Con el concilium plebis la plebe consiguió disponer de su propia asamblea y elegir
| Los tribunos, un órgano ejecutivo. |
Los tribunos populares tenían derecho de
| veto |
y sus personas eran legalmente inviolables.
Una gran parte de los esclavos eran
| Prisioneros de guerra |
llamados mancipia, formaban parte del botín, y el Estado los vendía en subasta. Los hijos de esclavos pertenecían, en derecho, al señor. Eran esclavos de nacimiento ; se llamaba vernae a los
| Siervos nacidos en casa |
y educados bajo la tutela del dueño, formaban una clase distinguida entre la servidumbre y solían disfrutar de mayor confianza que los demás. Según la función que desempeñaban, se distinguía entre los
| Serui publici |
afectos a los servicios públicos, adscritos a un templo o encargados de la ejecución de trabajos por cuenta del Estado, y los serui priuati, propiedad de particulares. Entre estos últimos había que distinguir la familia rustica, o sea la servidumbre agrícola, y la
| Familia urbana |
formada por los esclavos que vivían en la ciudad, al servicio directo de su señor. El esclavo carecía de familia, de
| propiedad |
y de personalidad jurídica. Su matrimonio con un compañero o compañera de servidumbre era un simple
| contubernium |
y los hijos que tuviera (uernae) eran propiedad del dueño. El esclavo podía reunir supeculium, por servicios especiales y comprar su propia libertad . Tomaban entonces el nombre de
| liberto |
Los esclavos instruidos, generalmente de origen griego servían como secretarios y
| Pedagogi, preceptores de sus hijos |
El siervo pasaba a liberto (o libertino) mediante la
| manumissio |
mediante su inclusión en el censo, mediante la declaración del dueño ante el pretor, por legación de la libertad en el
| testamento |
El liberto dependía de la familia de su señor, llamado
| patronus |
y sus derechos sufrían ciertas limitaciones, pero sus hijos eran ya
| ciudadanos capacitados plenamente. |
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