dijous, 3 de novembre del 2011

LA SOCIEDAD ROMANA


La sociedad romana se fundamenta en las luchas ancestrales entre

     Patricios y plebeyos                                   

De los patricios dependían sus

clientes

El conjunto de familias que se remonta a un antepasado común se denomina

gens

Sólo los patricios poseían  en un principio derechos civiles: de
matrimonio

y de propiedad, formar parte del ejército, participar en el culto, aspirar a las

magistraturas

e intervenir en las

 asambleas

Los orígenes de la plebs se conforman con clientes liberados de  una gens patricia; poblaciones conquistadas y anexionadas al estado romano Y

Extranjeros inmigrados

Desde los últimos tiempos de la monarquía, los plebeyos más acomodados habían sido ya admitidos en el ejército. La república patricia concede al ejército poderes legislativos, electorales y judiciales con la creación de

Asamblea centurial (comitia centuria)




Con el concilium plebis  la plebe consiguió disponer de  su propia asamblea y elegir

Los tribunos, un órgano ejecutivo.

Los tribunos populares tenían derecho de

veto

y sus personas eran legalmente inviolables.

Una gran parte de los esclavos eran
Prisioneros de guerra

llamados mancipia, formaban parte del botín, y el  Estado los vendía en subasta. Los hijos de esclavos pertenecían, en derecho, al señor. Eran esclavos de nacimiento ; se llamaba vernae a los

Siervos nacidos en casa

y educados bajo la tutela del dueño, formaban una clase distinguida entre la servidumbre y solían disfrutar de mayor confianza que los demás. Según la función que desempeñaban, se distinguía entre los

Serui publici

afectos a los servicios públicos, adscritos a un templo o encargados de la ejecución de trabajos por cuenta del Estado, y los serui priuati, propiedad de particulares. Entre estos últimos había que distinguir la familia rustica, o sea la servidumbre agrícola, y la

Familia urbana

formada por los esclavos que vivían en la ciudad, al servicio directo de su señor. El esclavo carecía de familia, de

propiedad



y de personalidad jurídica. Su matrimonio con un compañero o compañera de servidumbre era un simple

contubernium

y los hijos que tuviera (uernae) eran propiedad del dueño. El esclavo podía reunir supeculium, por servicios especiales y comprar su propia libertad . Tomaban entonces el nombre de

liberto

Los esclavos instruidos, generalmente de origen griego servían como secretarios y

Pedagogi, preceptores de sus hijos

El siervo pasaba a liberto (o libertino) mediante la

manumissio

mediante su inclusión en el censo, mediante la declaración del dueño ante el pretor, por legación de la libertad en el

testamento
El liberto dependía de la familia de su señor, llamado

patronus

y sus derechos sufrían ciertas limitaciones, pero sus hijos eran ya

ciudadanos capacitados plenamente.

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